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DEMOCRACIA

Aprueba el Consejo del IEPC Jalisco bloques de población y competitividad para coaliciones para el Proceso Electoral Local 2023-2024

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 Se verificará paridad e inclusión de personas de grupos vulnerables

El Consejo General del IEPC Jalisco aprobó en la vigésima cuarta sesión extraordinaria los bloques de población y competitividad para las coaliciones registradas en Jalisco, así como los mecanismos de verificación de la paridad y de las disposiciones de inclusión de personas pertenecientes grupos en situación de vulnerabilidad en la postulación de candidaturas en coaliciones parciales y sus anexos estadísticos para el Proceso Electoral Local Concurrente 2023 – 2024, prevaleciendo lo establecido en el marco legal y reglamentario.

Al respecto, la Consejera Presidenta del IEPC Jalisco, Paula Ramírez Höhne, explicó que los bloques de competitividad en que se agrupan los municipios y distritos que están en contienda, han sido concebidos para evitar que las mujeres y las personas que forman parte de grupos históricamente discriminados sean postuladas en aquellas demarcaciones en donde no tienen posibilidades de triunfo: “Es a partir de la incorporación de estos bloques de competitividad que se ha incrementado el acceso de las mujeres a cargos de elección popular, avanzando así hacia una representación política más fiel y justa de nuestra sociedad”.

A partir de la reforma al Código electoral local realizada en julio pasado, ahora la competitividad de las coaliciones debe determinarse sumando los votos de los partidos políticos que formen parte de la coalición, esta nueva forma de establecer la competitividad de una coalición produce una diferencia entre la competitividad de cada partido cuando participa coaligado y cuando lo hace fuera de la coalición. 

Con esta nueva forma de competitividad, un partido que en lo individual obtuvo un resultado de votación bajo en cierto municipio, se vuelve competitivo cuando se coaliga con otros partidos con mejores resultados en ese mismo municipio, y viceversa.

Para las elecciones a diputaciones, las dos coaliciones registradas Sigamos Haciendo Historia en

Jalisco (integrada por los partidos Morena, Del Trabajo Verde Ecologista de México, Hagamos y Futuro), y Fuerza y Corazón por Jalisco (integrada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional, y de la Revolución Democrática) postularán candidaturas en la totalidad de los 20 distritos de manera conjunta. 

En ambos casos, se trata de coaliciones totales para los cargos de diputaciones, por lo que no se genera una diferencia de competitividad entre la coalición y sus partidos integrantes: todos los distritos participan con la competitividad de la colación. Por lo tanto, los bloques de competitividad, son organizados con base en esa competitividad y pueden ser sujetos a las reglas de paridad tal como se disponen en normas las vigentes. 

En las elecciones a munícipes, primero deben listarse los 20 municipios con mayor población del estado de Jalisco de acuerdo con el censo de población del INEGI y ordenarse de mayor a menor conforme al porcentaje de votación válida obtenida en el proceso electoral anterior. En el caso de coaliciones, ese porcentaje corresponde a la suma de la votación obtenida por cada partido que conforma la coalición.

Posteriormente, el bloque de 20 municipios se divide en dos sub bloques de 10. En los cinco primeros municipios de cada sub bloque de 10, la regla legal establece que se debe postular al menos dos planillas encabezadas por un mismo género, y la Ley dispone que los dos últimos lugares de cada sub bloque de 10 no deben estar destinados a un mismo género. 

La coalición Sigamos Haciendo Historia en Jalisco busca postular en conjunto 17 de esos 20 municipios más poblados, y le restarían restan tres municipios que postular de manera individual. En tanto que, la coalición Fuerza y Corazón por Jalisco pretende postular en conjunto 16 de esos 20 municipios más poblados, y le restarían cuatro municipios para postular de manera individual.

En materia de paridad, en sus postulaciones individuales, los partidos políticos deberán cumplir con la paridad de sus candidaturas en cada uno de los sub bloques de 10. Esto significa que un partido político que tiene uno solo de esos 3 o 4 municipios (no incluidos en la coalición) que pueden postular en lo individual en un sub bloque de 10, deberá postular mujer. Si le quedan dos municipios por postular en un subbloque de 10, deberá postular un mujer y un hombre. Si le quedan 3, deberá postular 2 mujeres y 1 hombre. Y si le quedan 4, deberá postular 2 de cada género.

Para el resto de los 105 municipios del estado, el Código electoral y los lineamientos del IEPC disponen que deben listarse de mayor a menor conforme al porcentaje de votación válida obtenida en la pasada elección, lo que para las coaliciones corresponde a la suma de la votación obtenida por cada partido político que forma parte de la coalición. 

En ese sentido, en el esquema aprobado por el Consejo, se consideraron en los bloques de competitividad alta, media y baja, de cada coalición y de cada partido político, únicamente los municipios en que efectivamente postulen candidaturas. Esto significa que, después de agrupados los 20 municipios más poblados, para definir los bloques de alta, media y baja competitividad de las coaliciones se consideran sólo los municipios que se postulan en conjunto (adicionales al bloque poblacional), que son 77 en el caso de Fuerza y Corazón por Jalisco y 85 en la coalición Sigamos Haciendo Historia en Jalisco.

Inclusión de personas con discapacidad y de la diversidad sexual en las coaliciones

El Código electoral local exige que se postulen personas con discapacidad en al menos el 15.15% de los 125 municipios de la entidad, y a personas de la diversidad sexual en al menos 4.7% de ellos.

Por lo anterior, los partidos políticos que integran las coaliciones deben cumplir con las disposiciones en favor de grupos en situación de vulnerabilidad de forma proporcional al número de postulaciones a las que tienen acceso; es decir, se tomarán en cuenta aquellos municipios que encabezan los partidos dentro de la coalición sumados a los que podrán registrar de forma individual (algo similar a lo que se hace con la verificación de la paridad). 

Para garantizar que cada partido cumpla con el porcentaje mínimo de municipios en donde la Ley exige postular personas de estos grupos, cuando la proporción de las postulaciones individuales esté fraccionada, se incrementará el número al entero siguiente, para asegurar que las postulaciones de cada partido incluyan candidaturas de personas con discapacidad y de la diversidad sexual en al menos 15.15% y 4.7% de los municipios como lo exige la norma.