JALISCO

Sentencia sobre identidad de género en niñas y niños trans, debe realizarse con el consentimiento de padres o tutores

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El Consejo de Colegios de la Abogacía del Estado de Jalisco, realizó un estudio en donde participaron diversos juristas sobre la Sentencia que emitió la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre el tema de que los menores y adolescentes pueden cambiar su identidad de género ante el registro civil.

La Sentencia de Inconstitucionalidad 72/2022 que emitió el Máximo Tribunal del País, determinó que las infancias y adolescencias trans, tienen diversas dificultades para ejercer su derecho a la “identidad de género”, sufriendo una discriminacion social, bajo su condición de niñez trans.

Los adolescentes han encontrado discriminacion en las instituciones privadas y públicas, esto es derivado de que una persona adulta tuvo esa dificultad, y al encontrarse ese problema en las infancias y adolescencias lo tenían prohibido porque no estaba permitido por la ley del registro civil del estado de Jalisco en el artículo 23 fracción octava, misma que fue invalidada por la Segunda Sala (SCJN) Siendo el Ponente el Ministro Luis Maria Aguilar Morales.

En el fallo se establece que el procedimiento para modificar el documento de identidad (acta de nacimiento) se deben de observar ocho criterios en el que se basa; entre estos, son los tres puntos principales.

El procedimiento debe efectuarse a través de sus tutores o bien de un representante legal y con la voluntad expresa de la persona menor de edad.

*Así mismo, la persona solicitante debe contar con la asistencia de la Procuraduría de Derechos de la Infancia.

*Cuando se niegue o sea imposible obtener el consentimiento de alguno de los representantes, debe existir un procedimiento ágil, gratuito y sencillo.

*Los procedimientos deben ser confidenciales y los documentos de identidad no deben reflejar los cambios de identidad de género.

Por lo tanto el Consejo de Colegios de la Abogacía concluye, que la sociedad debe de reconocer la identidad de género,de infancias y adolescencias, en el acta de nacimiento.

Esto se deriva de la investigación jurídica, desde el punto de vista que emitió en la sentencia referida, para que los ciudadanos tengan el conocimiento del medio de defensa, que en forma voluntaria impere el ejercicio de los derechos de los infantes a tener una vida digna y el libre desarrollo de su personalidad a decidir sobre su identidad de género en el estado de Jalisco.

El Consejo de Colegios del Estado de Jalisco A.C es una organización que agrupa a 36 Colegios de litigantes con más de 17,000 afiliados.

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